VISA DE INVERSIONISTA EN COLOMBIA: VISAS M
- Simon de ZUBIRIA
- 26 feb
- 2 Min. de lectura
La visa de inversionista en Colombia es un permiso de residencia temporal (Visa Tipo M – Migrante) otorgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores a ciudadanos extranjeros que realizan una Inversión Extranjera Directa (IED) en el territorio colombiano que cumple umbrales mínimos establecidos por ley.
Los ciudadanos extranjeros no residentes en Colombia que deseen realizar una inversión en el país y establecerse temporalmente pueden solicitar una Visa de Migrante (M), siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Colombia ofrece 3 modalidades distintas de visa de inversionista, cada una diseñada para perfiles de inversión muy específico.
MODALIDADES DE VISA DE INVERSIONISTA EN COLOMBIA
M-7 (INVERSIONISTA EMPRESA): Monto de Cien salarios mínimos legales mensuales vigentes (100 SMLMV, aproximadamente USD$47.000); el tipo de inversión es para capital en empresa colombiana existente; y su vigencia es hasta 3 años. Muy recomendada para inversionistas que compran participación minoritaria.
M-9 (CREADOR DE EMPRESA): 100 SMLMV (aproximadamente USD$47.000 USD) más generación de empleo; el tipo de inversión es para la constitución de nueva empresa y contratar mínimo 3 empleados colombianos; y su vigencia es hasta 3 años. Recomendada para emprendedores que quieren crear su propia empresa.
M-10 (INVERSIONISTA INMOBILIARIO): 350 SMLMV (aproximadamente USD$157,000); el tipo de inversión es para compra de bienes raíces a nombre propio; y su vigencia es hasta 3 años. Recomendada para inversionistas que invierten en propiedad raíz, bien sea para su propia vivienda familiar o no.
REQUISITOS GENERALES:
Documentación Personal Obligatoria:
- Pasaporte vigente con al menos 6 meses de validez
- Fotografía tipo pasaporte digital
- Formulario de solicitud de visa en línea
- Certificado de antecedentes penales apostillado
- Prueba de solvencia económica (extractos bancarios)
- Póliza de salud con cobertura en Colombia
- Registro de Inversión Extranjera Directa (IED)
BENEFICIOS DE LA VISA DE MIGRANTE (M)
- Residencia temporal hasta por tres (3) años.
- Posibilidad de realizar cualquier actividad legal.
- Acumulación de tiempo para solicitar Visa de Residente (R).
- En la Visa M Socio o Propietario, posibilidad de trabajar en la empresa correspondiente a donde se hizo la inversión.
La regulación aplicable se encuentra principalmente en la Resolución 5477 de 2022 del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual contempla distintas categorías dentro de la Visa de Migrante (M); Decreto 2080 de 2000 (Régimen de inversión Extranjera Directa “IED”, si se trata de una inversión extranjera directa.
Se consideran IED, entre otras:
- Adquisición de acciones, cuotas sociales o participaciones en sociedades comerciales.
- Compra de inmuebles.
- Participaciones en negocios fiduciarios.
- Aportes en contratos de colaboración, concesión o transferencia de tecnología.
- Inversiones suplementarias al capital de sucursales.
- Inversión en fondos de capital privado.
Montos mínimos exigidos: entre 100 SMLMV aproximadamente USD$47.000 sujeto a la TRM) y 350 SMLMV aproximadamente USD$157.000 sujeto a la TRM)
Para obtener la Visa M mediante inversión extranjera directa (IED) es obligatorio acreditar el registro de la inversión ante el Banco de la República. El solicitante debe presentar comunicación expedida por el Departamento de Cambios Internacionales donde conste el registro de la IED por el monto mínimo exigido.
En Hoyos & De Zubiria Abogados brindamos asesoría especializada en inversión extranjera directa “(IED”); así como asistencia legal en los aspectos cambiarios, , tributarios y societarios asociados a la inversión extranjera directa.
%209_19_08%E2%80%AFp_m_.png)
Comentarios